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Consultorio legal y tributario El sistema tributario argentino es complejo y está sujeto a cambios continuos. ¿Qué tributos gravan las empresas y negocios? ¿Qué deberes formales debemos cumplir ante el fisco? ¿Cómo actuar frente a una inspección de la AFIP? ¿Qué defensas poseen los contribuyentes ante un reclamo fiscal? ¿Cuál es la posición impositiva más favorable para una actividad? El foro busca ser un espacio de intercambio de opiniones e inquietudes sobre los aspectos básicos de la tributación de empresas y negocios y de la relación fisco-contribuyente.

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  #1 (permalink)  
Antiguo 06-Jul-2010
Avatar de aretegui
Líder de la comunidad Consultorio Legal y Tributario
 
Fecha de Ingreso: 30-June-2010
Mensajes: 25
aretegui va por buen camino
Predeterminado La prostitución debe pagar impuestos

Según el dicho popular las meretrices ejercen el oficio más antiguo del mundo. Sin embargo, Engels sostiene que la prostitución nace con la ascensión de la monogamia como práctica social. Antes existían el hetairismo, la hospitalidad sexual y el culto religioso carnal. Se dice que el pago por favores sexuales nació en los templos de Babilonia donde los hombres debían dejar monedas para poseer a las mujeres consagradas a la diosa Ishtar.

En la Argentina, en el año 2008 sancionó la ley 26.364 de “PREVENCION Y SANCION DE LA TRATA DE PERSONAS Y ASISTENCIA A SUS VICTIMAS” enfocada en la protección de las víctimas de distintas formas de explotación de personas, entre ellas, el comercio sexual. Por su parte el Título III del Código Penal contiene varios delitos contra la integridad sexual de las personas. Pongan especial atención a los arts. 126 y 127 del Código Penal que reprimen la promoción, facilitación y lucro de la prostitución ajena de mayores de edad, realizada sin un consentimiento libremente prestado.

También las Provincias han dictado reglamentaciones de policía sobre el ejercicio de la prostitución; algunas prohibiéndolas; otras estableciendo controles sanitarios sobre las personas que la practican.

El debate entre la prohibición y el abolicionismo no es nuevo, y posee diversas aristas que conviene tener presente. Les recomiendo leer “¿Debe legalizarse la prostitución?” donde se resumen ambas posturas (http://www.unesco.org/courier/1998_12/sp/ethique/txt1.htm).

En cuanto al aspecto tributario, las rentas derivadas de la prostitución se encuentran sujetas al impuesto a las ganancias porque el tributo no distingue entre ingresos lícitos o ilícitos. Se sigue la máxima del emperador romano Vespasiano: “aurum non olet” (El emperador fue criticado por su hijo por gravar con un impuesto las letrinas públicas. Con las primeras monedas recaudadas, el emperador se las dio a su hijo para que las oliera y éste respondió “No huelen a nada”).
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  #2 (permalink)  
Antiguo 20-Oct-2010
Avatar de Miguel Kreft
Miembro Pleno
 
Fecha de Ingreso: 22-February-2010
Mensajes: 35
Miguel Kreft va por buen camino
Predeterminado Como siempre: Ideal versus Real

Hola:

Por supuesto que el estado debe recibir su parte de cada operación lucrativa, pero debe generar contraprestaciones. Respecto al tema, pienso que el modelo para las condiciones de marco debe ser similar al de los Países Bajos, (los "Barrios Rojos" actualmente son atracciones turísticas, hasta en Hamburgo existe un museo temático). Investiguen sobre el tema.

Ahora en la realidad actual, implementarlo es casi imposible, ya que es un rubro con muchos intereses fortalecidos justamente por su ilegalidad, habiéndose generado un aparato imposible de desarticular, hasta se importa mano de obra. Resultado: un poder económico considerable.

Sí trazamos un paralelo con otros rubros, como las famosas y repetidas "ferias" por ejemplo, se tiene un modelo de concentración económica, en gran parte informal (no solo la parte visible de la cadena de valores), de alta exposición y con evidentes fallas en su fiscalización.

En resumen, ante las reiteradas fallas de generar un sistema de fiscalización, creo en la casi imposibilidad de generar un sistema impositivo, no solo para éste rubro. Son pruebas evidentes las constantes modificaciones a las reglas de juego y la concentración de la fiscalización sobre los contribuyentes y no sobre la economía informal.
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