
17-Sep-2010
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Líder de la comunidad Consultorio Legal y Tributario
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Falta presentación declaración jurada informativa en Monotributo
La omisión de presentación de la declaración jurada informativa del monotributo da lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 11.683 y al impedimento de obtener la constancia de opción por el Régimen Simplificado para acreditar la situación impositiva y/o previsional del contribuyente.
Cuando no se puede acreditar la condición de pequeño contribuyente o la inscripción en el régimen general, se aplica una retención del 56% sobre los importes facturados (21% en concepto de IVA y 35% en concepto del impuesto a las ganancias – RG AFIP N° 2616, art. 3°, último párrafo).
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