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Derecho del Trabajo ¿Cómo calcular la indemnización por despido? ¿Cuántos días de vacaciones corresponden? ¿Qué dice el convenio colectivo? Un espacio para formular consultas e intercambiar conocimiento en temas vinculados con el derecho laboral.

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  #1 (permalink)  
Antiguo 04-Mar-2011
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 04-March-2011
Mensajes: 2
fedebuss va por buen camino
Predeterminado Que herramientas tiene el trabajador para que el empleador realice los aportes jubila

Buenas tardes,

realmente está muy bueno el foro, es increible los temas q se tratan acá y la interacción existente.

Tengo una consulta puntual:

Qué herramientas tiene el trabajador para lograr que el empleador realice los aportes jubilatorios correspondientes?
Qué multas existen al respecto y cuales son los artículos de referencia?

Desde ya, muchas gracias por el espacio!
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  #2 (permalink)  
Antiguo 02-Aug-2011
TEC TEC está desconectado
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 01-August-2011
Mensajes: 9
TEC va por buen camino
Predeterminado

Herramientas seguramente hay muchas, podés solicitar informes en el ministerio de trabajo o afip, el tema es saber done estás parado y hasta donde querés llegar, si trabajás en una multinacional, banco, o empresa altamente rentable, donde el costo es 1 de lo que se vende a 10, y el volumen de ingresos es alto, podés reclamar y exijir de todo, pero la realidad es que el 90 % de los puestos de trabajos son en negro, en este bendito país las ganancias no son acordes a lo que la ley exije, por ejemplo el gremio de stama se sienta a arreglar sus intereses con Ford, Renault y demás multinacionales, luego se pretende que un taller mecánico de barrio debe tener su empleado afiliado a smata, y ojo que no te caigan los de sindicato porque te ahorcan hasta cerrar, imposible aplicar, a lo que voy es que antes de reclamar hay que recordar el primer día de trabajo donde me dieron el puesto y saber donde estoy, que es lo que pueden hacer y que cosa me prometieron, más allá de lo que pueda exijir hay que ser realista.

Saludos, Tec.
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  #3 (permalink)  
Antiguo 03-Aug-2011
Avatar de laboralis
Miembro Senior
 
Fecha de Ingreso: 14-February-2010
Mensajes: 110
laboralis va por buen camino
Predeterminado

Hola Fede,

Ley 20.744, artículo 132 bis. Es una sanción conminatoria. La intimación debe ser conforme decreto 146/01.

Respecto de lo de TEC, creo Cris te respondió muy bien en otro tema. Las cifras que citás son muy alejadas de las reales.

Si los números no dan, hay que seguir siendo empleado. No se puede subordinar los derechos de otras personas al lucro personal. Si un empleado en negro de una pizzería, por ejemplo, tiene un accidente grave haciendo el delivery, el empleador no va a decir "dejá que te pago todo yo", ni hablar si el accidente resulta en una disminución de la capacidad laboral del empleado donde hay que pagar una indemnización. O si el cónyuge de este empleado padece alguna enfermedad seria, el empleador no va a decir, "dejá que yo te pago todos los oncológicos". Tampoco le va a decir "traéme los tickets del supermercado que te pago el 15% de lo que gastás", porque obviamente el trabajador en negro no tiene acceso a una tarjeta de crédito (que hoy manejan un enorme negocio de descuentos).

Si uno quiere emprender algo, hay que arremangarse, cuando los números den para tener algún colaborador así uno se puede relajar un poco, fantástico. Empezá a observar en los pequeños negocios, la lógica es esa; el empleador contrata mucho personal en negro, les paga muy mal, y el se dedica a observar, cuando en realidad el podría contratar 1 o 2 como corresponde y ponerse a trabajar él también.

Saludos!
__________________
www.laboralis.com.ar
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  #4 (permalink)  
Antiguo 03-Aug-2011
TEC TEC está desconectado
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 01-August-2011
Mensajes: 9
TEC va por buen camino
Predeterminado

Laboralis, desde el punto de vista técnico tu teoría es irrefutable, pero la calle y la realidad son otra cosa, en las empresas grandes la historia es muy distinta, en la gran mayoría de los talleres y pymes los nros. no dan, debe ser culpa de la legislación o impuestos que cobran, no lo se, no te digo que me las se todas, pero soy profesional con 15 años en relacion de dependencia y hace 7 que tengo mi propia empresa, y se realmente como son las cosas, según tu criterio el taller que tiene 5 o 10 empleados, que les paga un sueldo de $2500.00 aprox., les paga horas extras, les paga aguinaldo, les paga vacaciones, el dueño trabaja a la par de sus empleados o más, pero no puede pagar el recibo en blanco porque simplemente sino no queda ganancia, entonces, según tu criterio, habría que cerrar y dedicarse a otra cosa, quedando de esta manera 10 familias en la calle !!!!, no me parece, hay que estar en la calle y vivirla para emitir una opinión con fundamentos.

Saludos, Tec.
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