|
|
| Derecho del Trabajo ¿Cómo calcular la indemnización por despido? ¿Cuántos días de vacaciones corresponden? ¿Qué dice el convenio colectivo? Un espacio para formular consultas e intercambiar conocimiento en temas vinculados con el derecho laboral. |
![]() |
||
![]() |
|
|
LinkBack | Herramientas | Buscar en Tema | Desplegado |
|
|||
|
Que tal laboralis.
50 % de multa si no se paga la indemnizacion en 48 hs?? Igualmente, debo pensar que cuando un empleador despide a un trabajador es porque tiene el dinero para pagarle como corresponde! O soy muy ingenuo no? |
|
||||
|
Hola Antonio,
Lo del 50% de incremento es en caso de pelotear la indemnización, se da cuendo el trabajador tiene que recurrir a la justicia o a una instancia administrativa obligatoria para las partes para cobrar su indemnización. Lo que cambia esta ley es que antes no había plazo cierto, entonces como que de alguna manera el empleador podía pelotearla. Ahora con esta ley si transcurrido el plazo, el empleador no paga, se puede intimar el pago conjuntamente con ese recargo y si no paga y tengo que ir a la justicia o al ministerio a para hacer el reclamo, ya me estoy haciendo acreedor a esa multa. En la práctica si, digamos que el empleador tiende a pelotear el pago de la indemnización. Saludos!
__________________
www.laboralis.com.ar |
![]() |
| Marcadores |
| Herramientas | Buscar en Tema |
| Desplegado | |
|
|