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El consultorio de la empresa: necesito un consejo En el día a día de nuestra gestión nos surgen dudas y desafíos. Aquí, un espacio para debatir, conocer otras perspectivas y tomar decisiones inteligentes.

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  #1 (permalink)  
Antiguo 03-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 03-January-2010
Mensajes: 5
Maru va por buen camino
Predeterminado Dias de franco rubro hoteleria/gastronomia

Buenas, como estan.. necesito saber si alguno me puede ayudar con informacion con respecto a los francos (fijos o rotativos) correspondientes para el personal de hoteleria y gastronomia. Mas especificamente que dice la ley sobre esto, xq busque en internet y no logro conseguir mucho.

Saludos..
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  #2 (permalink)  
Antiguo 03-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 30-January-2010
Mensajes: 8
MORFEO va por buen camino
Enviar un mensaje por MSN a MORFEO
Predeterminado

HOLA MARU, ANTES QUE NADA ESTA LA CUESTION HUMANA(RECORDA QUE NO SON MAQUINAS), EN BASE A ESO FIJATE CUANTAS HORAS CONSIDERAS VOS, QUE TUS EMPLEADOS PUEDEN TRABAJAR/RENDIR SIN QUE ESTO OCACIONE DESGASTE PARA TU EMPRESA.
DESPUES DE ESO, ESTA LA PARTE LEGAL QUE ES LA QUE INDICA CUANDO SON LOS FRANCOS, O DIAS QUE LES CORRESPONDE DE LICENCIA, TENES QUE TENER EN CUENTA QUE LA GASTRONOMIA ES MUY SACRIFICADA Y MUY ESCLAVA, Y QUE LOS HORARIOS Y TIEMPOS DE TRABAJO SON JUY DISTINTOS A LOS DEMAS RUBROS, LAS JORNADAS SON MUCHO MAS EXTENSAS, PERO NO DEJAN DE SER HUMANOS....
SIGO A TU DISPOSICION.
SALUDOS
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  #3 (permalink)  
Antiguo 05-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 05-February-2010
Mensajes: 2
Palacios va por buen camino
Predeterminado

Hola Maru, como dice Morfeo, gastronomia es un rubro ultra negrero. Yo trabaje algun tiempo en eso. Casi todos los empleado estaban en negro, cobraban salarios muy bajos, y tenian un franco por semana (que siempre cae dias de semana).
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  #4 (permalink)  
Antiguo 11-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 03-February-2010
Mensajes: 3
Milton va por buen camino
Predeterminado

Trabaje 3 años en gastronomia y lo que dice Palacios es 100% cierto.

Mira bien en que convenio quedan encasillados los trabajadores y en base a eso vas a saber los salarios aproximados y tambien la cantidad de francos y horas semanales que les corresponden.

Saludos Az!
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  #5 (permalink)  
Antiguo 12-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 11-February-2010
Mensajes: 4
Panchowin va por buen camino
Predeterminado

Son 6 francos al mes. de los cuales al menos 2 pueden estar juntos semana de por medio, y al menos una vez un fin de semana al mes. O sea, si esta semana tomás 2 francos juntos, la próxima semana es un franco solo y así.
Te recomiendo navegues la página de U.T.H.G.R.A. que podrás conseguir más información respecto a los convenios colectivos. Todas las empresas igual tienen un régimen al que hay que adaptarse de acuerdo a las costumbres y cultura empresarial, siempre bajo el amparo de las leyes, y en la que dependiendo de la zona del país donde esté emplazado el establecimiento tendrá una forma de trabajo, donde sus empleados se organizarán para repartir bien los francos equitativamente.
PD: Por las dudas, trabajo en un hotel en el área de recepción.

Última edición por Panchowin; 12-Feb-2010 a las 05:37
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  #6 (permalink)  
Antiguo 12-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 09-February-2010
Mensajes: 18
Loyzz va por buen camino
Predeterminado Opinion

Yo me asesoraria en la pagina del sindicato correspondiente a fin de evitar cualquier tipo de inconveniente legal, en base a eso armaria los cronogramas de trabajo, y despues obviamente si quieren hacer horas extras quedara a criterio del trabajador, pero asesorate sindicalmente, es la unica forma de evitar problemas, y la cantidad de horas semanales trabajadas no es a criterio de cada uno, para eso estan las leyes, yo me cubriria de ante mano de esta forma.
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  #7 (permalink)  
Antiguo 24-Feb-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 11-December-2009
Mensajes: 2
Mariela va por buen camino
Predeterminado

Maru,

según el convenio colectivo de trabajo de los trabajadores gastronomicos, el periodo de descanso debe ser de 36 hs. semanales (1 día y medio). Pero deja abierta la posibilidad al empleador de dar en una semana 1 franco y en la siguiente 2 dias francos consecutivos.
Espero que te sirva

Saludos

Mariela
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  #8 (permalink)  
Antiguo 25-Feb-2010
Avatar de laboralis
Miembro Senior
 
Fecha de Ingreso: 14-February-2010
Mensajes: 110
laboralis va por buen camino
Predeterminado

Según la ley, está en principio prohibido ocupar al trabajador durante el descanso hebdomadario (período que va desde el sábado a las 13 hasta el día siguiente a las 24hs). Podés hacerlo pero le deberás otorgar un franco compensatorio de misma extensión a lo laborado durante el descanso hebdomadario. Esto es independiente al eventual devengamiento de horas extras en el caso de que se haya laborado en exceso de la jornada ordinaria, es decir, no hay que confundir franco compensatorio con horas suplementarias, son cuestiones totalmente distintas.

Mi consejo es que nunca te asesores con un sindicato, hacelo con un profesional del derecho o afín. Sin perjuicio de que hay sindicalistas que dominan de manera brillante la ley y tienen mucho conocimiento de doctrina y jurisprudencia, lo cierto es que la mayoría no conoce muy bien la ley, aconseja mal y de manera parcial.

Hay varios CCT de Gastronómicos. Habría que ver según tu actividad, cual aplica. Algunos establecen un desdoblamiento del franco compensatorio (discutible puesto que establecen algo distinto a lo establecido por la ley) y otros que directamente remiten a la ley.

Saludos!

PS: Algunos de los CCT de Gastronómicos que puden aplicar a tu caso son:

CCT 362/03
CCT 337/01
CCT 401/05
CCT 389/04
CCT 479/06
CCT 397/04
__________________
www.laboralis.com.ar
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  #9 (permalink)  
Antiguo 03-Aug-2010
Miembro Junior
 
Fecha de Ingreso: 03-August-2010
Mensajes: 20
Antonio- va por buen camino
Predeterminado

Cita:
Iniciado por laboralis Ver Mensaje
Según la ley, está en principio prohibido ocupar al trabajador durante el descanso hebdomadario (período que va desde el sábado a las 13 hasta el día siguiente a las 24hs). Podés hacerlo pero le deberás otorgar un franco compensatorio de misma extensión a lo laborado durante el descanso hebdomadario. Esto es independiente al eventual devengamiento de horas extras en el caso de que se haya laborado en exceso de la jornada ordinaria, es decir, no hay que confundir franco compensatorio con horas suplementarias, son cuestiones totalmente distintas.

Mi consejo es que nunca te asesores con un sindicato, hacelo con un profesional del derecho o afín. Sin perjuicio de que hay sindicalistas que dominan de manera brillante la ley y tienen mucho conocimiento de doctrina y jurisprudencia, lo cierto es que la mayoría no conoce muy bien la ley, aconseja mal y de manera parcial.

Hay varios CCT de Gastronómicos. Habría que ver según tu actividad, cual aplica. Algunos establecen un desdoblamiento del franco compensatorio (discutible puesto que establecen algo distinto a lo establecido por la ley) y otros que directamente remiten a la ley.

Saludos!

PS: Algunos de los CCT de Gastronómicos que puden aplicar a tu caso son:

CCT 362/03
CCT 337/01
CCT 401/05
CCT 389/04
CCT 479/06
CCT 397/04

Laboralis necesitaria mas info del tema y tu ayuda. Podria mandarte un mp? Disculpa las molestias

Última edición por Antonio-; 03-Aug-2010 a las 09:22 Razón: mal escrito el nick del remitente
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