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Prevención y Detección de Fraudes Corporativos Un espacio para compartir mejores prácticas en la prevención y detección de fraudes corporativos.

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Antiguo 14-Jun-2010
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Líder de la comunidad Prevención y Detección de Fraudes Corporativos
 
Fecha de Ingreso: 06-April-2010
Mensajes: 18
Diego Cano va por buen camino
Predeterminado FCPA nuevos controles/leyes más duras desde EE.UU.

Les copio una nota que escribí sobre FCPA en 2008 para El Cronista.
La ley viene muy fuerte desde el norte hasta hoy. Toda empresa americana o que cotize en bolsa allá, le aplica esta ley. Sintéticamente, cualquier cosa que facilite un negocio por agentes gubernamentales es factible de sanción por la SEC o, en el caso que cabe, por el mismo Departamento de Justicia. Las pérdidas por multas, o devolución del negcocio generado por "corrupción", puede ser gigantezco. Por eso, los controles dentro de las empresas cada vez más estrictos.
Mas allá de que no necesariamente genere políticas de transparencia a nivel gubernamental, o que facilite negocios a empresas de otros orígenes en la competencia, dentro de las empresas esta generando mayores controles y dificultando este tipo de acciones.
Comentarios bienvenidos. Saludos cordiales, Diego

http://www.fraudinvestigationsargent...ista_leyes.jpg

Leyes de EE.UU. más duras para empresas en América Latina
Por Diego Cano, Managing Director FTI Consulting

Después de los grandes escándalos de fraude corporativo a fines de 2001 y la aparición de las leyes Sarbanes – Oxley en los Estados Unidos, en 2006 y 2007, el fortalecimiento de los controles por parte del gobierno norteamericanota empezado a focalizarse en los posibles problemas de corrupción o fraude de empresas norteamericanas en el exterior. El Departamento de Justicia de ese país ha reforzado los controles a través de la instrumentación de una ley de vieja data (1977) llamada Foreing Curruption Practise Act (FCPA).

Muchas filiales de empresas norteamericanas en el exterior empezaron a implementar los controles requeridos y a capacitar al personal para el cumplimiento de esta ley. Sin embargo, hoy en día, tanto la ley como los controles exigidos por ella, son desconocidos por las empresas argentinas.
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El contenido de la FCPA prohíbe realizar actos que faciliten procurar un negocio con el Estado por parte de las empresas, con el objeto de beneficiarse. Ya sea que este negocio prospere o no, incluyendo hasta cualquier tipo de regalo o beneficio que involucre a los empleados públicos.

Para el cumplimiento de la FCPA existen dos acciones básicas que refieren a mantener los registros de todas las transacciones y, por otra parte, instrumentar controles en el sistema de gestión contable de las empresas. Esta ley incluye la presentación de los documentos originales de facturas y reportes de gastos, con el propósito de detectar maniobras con funcionarios.

Los controles de la FCPA ponen énfasis en la descripción de servicios de consultoría, comisiones de agentes de venta o ¨comisiones de éxito¨ que puedan motivar canales por donde fluye la facilitación de un negocio. Asimismo, la ley prohíbe el pago de viáticos a funcionarios o favores personales, tal como la contratación de familiares.

El no cumplimiento de los controles exigidos constituye un delito penal de acuerdo con la FCPA, con lo cual, la empresa puede ser multada por montos millonarios y los empleados responsables sancionados penalmente.

El Departamento de Justicia de los Estados Unidos impuso fuertes sanciones a empresas por el no cumplimiento de esta normativa. Pero, además de las multas y las investigaciones legales, el principal daño afecta a la imagen de las compañías y las marcas y, por lo tanto, pone en riesgo la sustentabilidad del negocio.

La existencia de un manual d cumplimiento y ética en los negocios son conocidos y aceptados por los empleados de las empresas y sus subsidiarias, y la realización de los denominados Due Dilligence a proveedores y empresas relacionadas a ellos, son procedimientos que ayudan en el cumplimiento de los controles de la FCPA
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